He actualizado el artículo que hace meses había escrito para ser publicado en el site @AbogadoSDQ del buen amigo Juan Vizcaíno, llamado: “La nueva tendencia jurisprudencial dominicana en la responsabilidad civil médica”. Pero, previo al tema central, quisiera hacer tres recordatorios: 1. Primer recordatorio, sobre los aspectos generales de la responsabilidad civil: De conformidad con la actual legislación civil dominicana, el ámbito de aplicación de la responsabilidad civil, se debe clasificar en la responsabilidad civil contractual, amparada por los artículos 1146 y siguientes del Código Civil; y la responsabilidad civil delictual y cuasi delictual, amparada por el artículo 1382 y siguientes del mismo código. El artículo 1146 se encuentra en la sección 4a, denominada “ De las indemnizaciones de daños y perjuicios que resultan de la falta de cumplimiento de la obligación” que a su vez se encuentra en el Capítulo III: “ Del efecto de las obligaciones” correspondiente al Tí